Segúneste artículo, para realizar el cálculo correcto de una indemnización por lesiones sufridas en un accidente de tráfico, hay que tener en cuenta la fecha en que éste se produjo y en atención a esta fecha cuantificar el daño de acuerdo a la actualización de las cuantías para ese año, así viene recogido en Art. 38.1 ley 35/2015, que establece:
LaSTS de 20 de mayo de 2009 exige los siguientes requisitos para conceder la indemnización por daño moral: a) La necesidad de explicitar la causa de la indemnización. b) La imposibilidad de imponer una indemnización superior a la pedida por la acusación. c) Atemperar las facultades discrecionales del Tribunal en esta OrdenAPA/513/2020, de 8 de junio, por la que se modifican los Anexos I y II del Real Decreto 389/2011, de 18 de marzo, por el que se establecen los baremos de indemnización por el sacrificio de animales en el marco de los programas nacionales de lucha, control o erradicación de la tuberculosis bovina, brucelosis bovina, brucelosis indemnizaciónpor accidente de trabajo, determinando una incapacidad laboral sin tomar en consideración la tabla establecida por la legislación vigente, que debe ser aplicada obligatoriamente de acuerdo a lo dispuesto en la Ley de Riesgos del Trabajo “dado que la conclusión esgrimida por el a quo de que el baremo del decreto 659/96Antecedentes La reclamación tiene su origen en unas lesiones sufridas por una vecina de Puerto Real (demandante) el día 23 de agosto de 2018, cuando caminando la calle de la mencionada localidad gaditana fue mordida por un perro de raza Shar Pei, de unos 25 kilogramos de peso.. Como consecuencia de lo anterior, la afectada sufrióCategoría1. El Cónyuge viudo Hasta 15 años de convivencia, si la victima tenía hasta 67 años 93.973,52 € Hasta 15 años de convivencia, si la victima tenía desde 67 hasta 80 años 73.090,51 € Hasta 15 años de convivencia, si la victima tenía más de 80 años 52.207,51 € Por cada año adicional de convivencia o fracción con independencia de la edad de la BOEA-2023-10874 Orden ISM/450/2023, de 4 de mayo, por la que se actualizan las cantidades a tanto alzado de las indemnizaciones por lesiones, mutilaciones y deformidades de carácter definitivo y no incapacitantes. la indemnización será la fijada en el baremo para el mismo tipo de lesión en el miembro derecho.
Encuanto a la tributación de la indemnización por despido, el trabajador está exento de tributar por la misma siempre y cuando la cuantía recibida no supere los 180.000 euros. En el supuesto de que el monto supere la citada cantidad, el trabajador solo deberá tributar por el importe que exceda de los 180.000 euros.