1 La ejecución provisional se instará por demanda o simple solicitud, según lo dispuesto en el artículo 549 de la presente ley. 2. La ejecución provisional de sentencias de condena, que no sean firmes, se despachará y llevará a cabo, del mismo modo que la ejecución ordinaria, por el tribunal competente para la primera instancia. 3. Artículo703 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Artículo 703. Entrega de bienes inmuebles. 1. Si el título dispusiere la transmisión o entrega de un bien inmueble, una vez dictado el auto autorizando y despachando la ejecución, el Letrado de la Administración de Justicia responsable de la misma ordenará de inmediato lo que proceda según Ejecuciónpor condena a prestación alimenticia. Lo dispuesto en el artículo anterior no será de aplicación cuando se proceda por ejecución de sentencia que condene al pago de alimentos, en todos los casos en que la obligación de satisfacerlos nazca directamente de la Ley, incluyendo los pronunciamientos de las sentencias dictadas en Leyde Enjuiciamiento Civil. Artículo 698. Reclamaciones no comprendidas en los artículos anteriores. 1. Cualquier reclamación que el deudor, el tercer poseedor y cualquier interesado puedan formular y que no se halle comprendida en los artículos anteriores, incluso las que versen sobre nulidad del título o sobre el vencimiento, certeza
EfectosArtículo 611 Embargo de sobrante Anterior Artículo 590 de la Ley de Enjuiciamiento Civil Siguiente Artículo 611 de la Ley de Enjuiciamiento Civil Aquí
4 Si no hubiese documentos indubitados y fuese imposible el cotejo con un cuerpo de escritura por fallecimiento o ausencia de quien debiera formarlo, el tribunal apreciará el valor del documento impugnado conforme a las reglas de la sana crítica. art 350 lec. Ley de Enjuiciamiento Civil. Libro II. De los procesos declarativos 3 Salvo acuerdo en contrario de las partes, no se podrá solicitar dictamen a un perito que hubiera intervenido en una mediación o arbitraje relacionados con el mismo asunto. Libro II. De los procesos declarativos. Te explicamos el artículo 335 de la Ley de Enjuiciamiento Civil que hace referencia al objeto y finalidad del dictamen de peritos. Leyde Enjuiciamiento Civil. Artículo 29. Provisión de fondos. 1. El poderdante está obligado a proveer de fondos al procurador, conforme a lo establecido por la legislación civil aplicable para el contrato de mandato. 2. Si, después de iniciado un proceso, el poderdante no habilitare a su procurador con los fondos necesarios para
Art607 LEC – Artículo 607 de la Ley de Enjuiciamiento Civil Española. 1. Es inembargable el salario, sueldo, pensión, retribución o su equivalente, que no. exceda de la cuantía señalada para el salario mínimo interprofesional. 2. Los salarios, sueldos, jornales, retribuciones o pensiones que sean superiores al. salario mínimo
obRvY.
  • r5ivykvsgn.pages.dev/489
  • r5ivykvsgn.pages.dev/946
  • r5ivykvsgn.pages.dev/27
  • r5ivykvsgn.pages.dev/538
  • r5ivykvsgn.pages.dev/973
  • r5ivykvsgn.pages.dev/214
  • r5ivykvsgn.pages.dev/49
  • r5ivykvsgn.pages.dev/916
  • r5ivykvsgn.pages.dev/231
  • r5ivykvsgn.pages.dev/676
  • r5ivykvsgn.pages.dev/343
  • r5ivykvsgn.pages.dev/627
  • r5ivykvsgn.pages.dev/585
  • r5ivykvsgn.pages.dev/919
  • r5ivykvsgn.pages.dev/665
  • artículo 608 de la ley de enjuiciamiento civil