1 La ejecución provisional se instará por demanda o simple solicitud, según lo dispuesto en el artÃculo 549 de la presente ley. 2. La ejecución provisional de sentencias de condena, que no sean firmes, se despachará y llevará a cabo, del mismo modo que la ejecución ordinaria, por el tribunal competente para la primera instancia. 3.
ArtÃculo703 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. ArtÃculo 703. Entrega de bienes inmuebles. 1. Si el tÃtulo dispusiere la transmisión o entrega de un bien inmueble, una vez dictado el auto autorizando y despachando la ejecución, el Letrado de la Administración de Justicia responsable de la misma ordenará de inmediato lo que proceda según
Ejecuciónpor condena a prestación alimenticia. Lo dispuesto en el artÃculo anterior no será de aplicación cuando se proceda por ejecución de sentencia que condene al pago de alimentos, en todos los casos en que la obligación de satisfacerlos nazca directamente de la Ley, incluyendo los pronunciamientos de las sentencias dictadas en
Leyde Enjuiciamiento Civil. ArtÃculo 698. Reclamaciones no comprendidas en los artÃculos anteriores. 1. Cualquier reclamación que el deudor, el tercer poseedor y cualquier interesado puedan formular y que no se halle comprendida en los artÃculos anteriores, incluso las que versen sobre nulidad del tÃtulo o sobre el vencimiento, certeza
EfectosArtÃculo 611 Embargo de sobrante Anterior ArtÃculo 590 de la Ley de Enjuiciamiento Civil Siguiente ArtÃculo 611 de la Ley de Enjuiciamiento Civil AquÃ
4 Si no hubiese documentos indubitados y fuese imposible el cotejo con un cuerpo de escritura por fallecimiento o ausencia de quien debiera formarlo, el tribunal apreciará el valor del documento impugnado conforme a las reglas de la sana crÃtica. art 350 lec. Ley de Enjuiciamiento Civil. Libro II. De los procesos declarativos
3 Salvo acuerdo en contrario de las partes, no se podrá solicitar dictamen a un perito que hubiera intervenido en una mediación o arbitraje relacionados con el mismo asunto. Libro II. De los procesos declarativos. Te explicamos el artÃculo 335 de la Ley de Enjuiciamiento Civil que hace referencia al objeto y finalidad del dictamen de peritos.
Leyde Enjuiciamiento Civil. ArtÃculo 29. Provisión de fondos. 1. El poderdante está obligado a proveer de fondos al procurador, conforme a lo establecido por la legislación civil aplicable para el contrato de mandato. 2. Si, después de iniciado un proceso, el poderdante no habilitare a su procurador con los fondos necesarios para
Art607 LEC – ArtÃculo 607 de la Ley de Enjuiciamiento Civil Española. 1. Es inembargable el salario, sueldo, pensión, retribución o su equivalente, que no. exceda de la cuantÃa señalada para el salario mÃnimo interprofesional. 2. Los salarios, sueldos, jornales, retribuciones o pensiones que sean superiores al. salario mÃnimo
obRvY. r5ivykvsgn.pages.dev/489r5ivykvsgn.pages.dev/946r5ivykvsgn.pages.dev/27r5ivykvsgn.pages.dev/538r5ivykvsgn.pages.dev/973r5ivykvsgn.pages.dev/214r5ivykvsgn.pages.dev/49r5ivykvsgn.pages.dev/916r5ivykvsgn.pages.dev/231r5ivykvsgn.pages.dev/676r5ivykvsgn.pages.dev/343r5ivykvsgn.pages.dev/627r5ivykvsgn.pages.dev/585r5ivykvsgn.pages.dev/919r5ivykvsgn.pages.dev/665
artÃculo 608 de la ley de enjuiciamiento civil